martes, 8 de abril de 2008

DERECHO A DEVOLUCION

Para informar y aclarar las dudas que algunas personas me han formulado con respecto a la suspensión de la corrida de hoy en Sevilla, el Reglamento Taurino de Andalucía dice al respecto lo siguiente:

CAPITULO XVII
Los espectadores
Artículo 70. Derechos de los espectadores.

4. Los espectadores tienen derecho a la devolución de las cantidades satisfechas por la entrada y, en su caso, a la parte proporcional del precio del abono, cuando el espectáculo sea suspendido, aplazado o modificado en sus aspectos sustanciales. A esos efectos, se entenderá modificado el cartel en sus aspectos sustanciales cuando se produzca la sustitución de alguno o algunos de los espadas anunciados o se sustituya la ganadería o la mitad de las reses anunciadas por las de otra u otras ganaderías distintas.


6. El plazo para la devolución del importe se iniciará desde el momento de anunciarse la suspensión, aplazamiento o modificación y finalizará cuatro días después del fijado para la celebración del espectáculo o una hora antes del inicio del mismo en caso de modificación. El plazo indicado se prorrogar automáticamente si finalizado el mismo hubiese, sin interrupción, espectadores en espera de devolución, en las taquillas o puntos de venta.

Así que deben solicitar la devolución del importe de la entrada.

Otra cuestión. Los que contrataron la Feria de abril en Canal Digital +, ¿tienen derecho a la devolución del importe proporcional a los festejos que no se emitan por suspensión de los mismos? ¿O están obligados a tragarse el bodrio con que sustituyen la emisión de la corrida, cuando lo que se ha contratado es una corrida de toros en directo? Como lo desconozco, ruego que si alguien tiene información al respecto nos la facilite.

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